Le tapiaron la salida del jardín y ganó a los 81 años: ¿se puede en Argentina?
Una jubilada inglesa de 81 años logró que le restituyan el paso por su jardín después de más de 50 años de uso. En Argentina el dominio público no prescribe, por lo que el resultado sería diferente.
Una mujer inglesa de 81 años ganó un juicio contra su municipio luego de que le tapiaran la única salida de su jardín, que utilizaba desde hacía más de 50 años. El caso generó atención porque la justicia británica reconoció el derecho adquirido por el uso prolongado.
En Inglaterra, la figura de la “prescripción adquisitiva” permitió que la jubilada demostrara que el paso se había convertido en un derecho por el transcurso del tiempo y el uso continuo sin oposición. El fallo ordenó al gobierno local remover el muro y restituir el acceso.
En Argentina la situación es distinta. El dominio público no prescribe, según lo establecido en el Código Civil y Comercial. Esto significa que ni el paso del tiempo ni el uso prolongado generan derecho real sobre bienes del Estado nacional, provincial o municipal.
Un vecino que utilice por décadas un acceso que cruza terreno público no adquiere servidumbre de paso ni derecho de propiedad por usucapión. Las autoridades pueden cerrar ese paso en cualquier momento sin que el particular pueda oponer prescripción adquisitiva.
El caso británico ilustra una diferencia clave entre los sistemas jurídicos. Mientras en Inglaterra el uso inmemorial puede consolidar derechos, en nuestro país el interés público prevalece y el dominio estatal es imprescriptible.
Especialistas en derecho administrativo señalan que, ante un cierre similar, un argentino debería buscar otras vías como una autorización administrativa o una acción judicial por vías de hecho, pero sin la garantía de éxito que tuvo la jubilada inglesa.