Economía

La Corte frenó una indemnización que el trabajador nunca pidió: qué es la reformatio in peius

La Corte Suprema revocó un fallo de la Cámara del Trabajo que multiplicó por casi siete una indemnización por accidente laboral sin que el empleado lo hubiera reclamado. El caso explica el principio de reformatio in peius y su impacto en juicios laborales.

Publicado el

Crecen los juicios laborales: proyectan casi 138.000 nuevos casos en 2026
(fuente-original)

La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó un fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que había aumentado de manera significativa una indemnización por accidente laboral. Lo llamativo del caso es que el trabajador nunca había pedido esa ampliación.

El fallo de la Cámara había multiplicado por casi siete la suma original. Sin embargo, la Corte consideró que esa decisión violaba el principio de reformatio in peius, que impide al tribunal de alzada empeorar la situación de una de las partes si esa parte no apeló en ese sentido.

Según informó Derecho en Zapatillas, el trabajador había reclamado una indemnización determinada y no cuestionó el monto otorgado en primera instancia. Ante la apelación de la empresa, la Cámara decidió de oficio elevar el valor de forma considerable, algo que la Corte ahora anuló.

Qué es la reformatio in peius

Es un principio procesal que significa “reforma en peor”. Prohíbe que un tribunal superior modifique una sentencia en perjuicio de la parte que no recurrió la decisión. Su objetivo es evitar que quien no apeló termine en una situación más desfavorable por la sola iniciativa del juez de segunda instancia.

En materia laboral, este principio cobra relevancia porque los jueces suelen tener una mirada protectora hacia el trabajador. Sin embargo, la Corte recordó que esa protección no puede traducirse en decisiones que excedan lo reclamado y apelado por las partes.

El fallo deja una lección clara para empleadores y empleados: los límites de lo reclamado en la demanda y en las apelaciones son vinculantes. Modificarlos de oficio, aunque sea con intención de favorecer a una de las partes, puede ser revertido por la Corte si viola garantías procesales básicas.

El caso se resolvió este viernes 4 de septiembre de 2026 y se espera que sirva de referencia para futuras controversias por accidentes de trabajo y determinación de indemnizaciones.

← Volver al blog